03 Dic

Ayudas rehabilitación edificios

Luz verde a las ayudas a la rehabilitación de edificios

Las ayudas a la rehabilitación de edificios comienzan ha hacerse realidad, se ha publicado la orden FOM/2252/2014, de 28 de noviembre, por la que se determina la efectividad de las líneas de ayuda previstas en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016. Con la aprovación de esta orden, solo resta que cada comunidad autónoma publique la convocatoria de las ayudas. Más información en la web del ministerio de fomento.

Plan de rehabilitación de edificios del ministerio de fomento

Plan de rehabilitación de edificios del ministerio de fomento

escudo

 

Las ayudas a la rehabilitación de edificios se dividen en 3 grandes bloques:

Ayudas para la conservación de los edificios

Ayudas para la mejora de la calidad y  la eficiencia energética

Ayudas para la mejora de la accesibilidad

¿Qué programas de ayudas existen para la rehabilitación de edificios?

  • Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria
  • Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas
  • Programa de apoyo a la implantación del Informe de evaluación de los edificios
  • Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas

¿Cuál es el importe de las ayudas a la rehabilitación de edificios?

  • Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria:
    • La cuantía máxima no podrá superar los 11.000 euros/vivienda y por cada 100m2 de superficie útil de local
    • Tendrá como límite el 35% del coste subvencionable de la actuación (50% en caso de mejora de la accesibilidad)
  • Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas:
    • La cuantía máxima será de:
      • Hasta 11.000 euros por cada vivienda rehabilitada
      • Hasta 30.000 euros por vivienda construida en sustitución de otra previamente demolida
      • Hasta 2.000 euros/vivienda demolida o rehabilitada, en concepto de urbanización o reurbanización
      • Hasta 4.000 euros/año por unidad de convivencia a realojar (máximo 3 años)
      • Hasta 500 euros/vivienda demolida o rehabilitada, en concepto de equipos de planeamiento, información, gestión y acompañamiento social
    • La cuantía máxima tendrá como límite el 35% del coste subvencionable de la actuación.
  • Programa de apoyo a la implantación del Informe de evaluación de los edificios:
    • La cantidad máxima será de 20€/vivienda y de 20€ por casa 100 m2 de superficie útil de local
    • Tendrá un límite de 500 euros por edificio y del 50% del coste del informe/edificio
  • Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas:
    • La cuantía máxima será de:
      • Hasta 11.000 euros por cada vivienda rehabilitada
      • Hasta 30.000 euros por vivienda construida en sustitución de otra previamente demolida
      • Hasta 2.000 euros/vivienda demolida o rehabilitada, en concepto de urbanización o reurbanización
      • Hasta 4.000 euros/año por unidad de convivencia a realojar (máximo 3 años)
      • Hasta 500 euros/vivienda demolida o rehabilitada, en concepto de equipos de planeamiento, información, gestión y acompañamiento social
    • La cuantía máxima tendrá como límite el 40% del coste subvencionable de la actuación.

¿Qué requisitos hay que cumplir para poder pedir las ayudas a la rehabilitación de edificios?

  • Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria:
    • Serán edificios de carácter residencial colectivo, construidos antes de 1981
    • El 70% de la superficie sobre rasante será destinada a uso residencial y constituirá la vivienda habitual de los beneficiarios.
    • Acuerdo de la Comunidad de Propietarios.
    • Informe de evaluación de edificios
    • Proyecto de la actuación a realizar
  • Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas:
    • El ámbito de actuación estará delimitado y lo integrarán, mínimo, 100 viviendas.
    • El 60% de la superficie sobre rasante será destinada a uso residencial y constituirá la vivienda habitual de los beneficiarios.
    • Acuerdo de la Comunidad de Propietarios.
    • Informe de evaluación de edificios
    • Proyecto de la actuación a realizar
  • Programa de apoyo a la implantación del Informe de evaluación de los edificios:
    • Informe de evaluación de edificios
    • Factura de los honorarios del profesional, autor del informe
  • Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas:
    • El ámbito de actuación estará delimitado y tendrá continuidad espacial.

¿Qué debo hacer para solicitar las ayudas a la rehabilitación de edificios?

La gestión de estas ayudas a la rehabilitación de edificios es competencia de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla. Los interesados en solicitarlas deberán dirigirse a aquellas que le corresponda.

En www.aparejadordecabecera.com podemos ayudarte a solicitar las ayudas a la rehabilitación de edificios, realizar los proyectos, informe de evaluación de edificios y gestionar las obras necesarias para mejorar tu edificio.

Fuente: Ministerio de fomento. Gobierno de españa.

10 Nov

ITE Albacete. Padrón 2015

ITE Albacete, padrón año 2015

El Ayuntamiento de Albacete publica el padrón de inmuebles que deben pasar la inspección técnica del edificio en el año 2015. Puedes descargar el padrón aqui: Listado Padron Anual ITE 2015.

Para más información sobre ITE en Albacete visita la web del Ayuntamiento pulsando aqui.

ayuntamiento de albacete

La inspección técnica de edificios o ITE, es el proceso destinado a evaluar el estado de conservación de un edificio, y determinar si cumple con las condiciones mínimas de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público; determinando en caso negativo las acciones a llevar a cabo para cumplir con ellas.

Desde la aprobación del decreto ley 8/2011, publicado el 7 de julio de 2011, se establece la obligatoriedad de realizar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) a todas las edificaciones de más de 50 años de antigüedad de los municipios de más de 25.000 habitantes (salvo que las Comunidades Autónomas fijen un límite menor).

En Albacete la inspección técnica de edificios está regulada por ordenanza de conservación e inspección periódica de edificaciones y construcciones. En la siguiente tabla se recogen las fechas límite de los inmuebles obligados a realizar la inspección técnica de edificios según el año de construcción de los mismos.

Fechas limite de inspección técnica de edificios en el municipio de Albacete

AÑO DE CONSTRUCCIÓN DEL INMUEBLE  FECHA LÍMITE DE LA INSPECCIÓN
 Hasta 1952  Año 2013
 Entre 1953 y 1958  Año 2014
 Entre 1959 y 1965  Año 2015
 En 1966  Año 2016
En 1967 y sucesivos  Año 2017 y sucesivos

Padrón de edificios que deben pasar la ITE en Albacete en el año 2013: Download

Padrón de edificios que deben pasar la ITE en Albacete en el año 2014: Download

Padrón de edificios que deben pasar la ITE en Albacete en el año 2015: Download