01 Jun

AYUDAS 2016 Y 2017 EFICIENCIA ENERGÉTICA CASTILLA LA MANCHA

Se han publicado las ayudas 2016 y 2017 a la eficiencia energética en Castilla La Mancha, reguladas por la Orden de 18/05/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la sustitución de ventanas, sustitución de calderas individuales e instalación de repartidores de costes y contadores de calefacción.

Podéis encontrar toda la información en la web: ayudas 2016 Y 2017 a la eficiencia energética en Castilla La Mancha.

21 Jul

Campaña controlas tu energía

La campaña controlas tu energía

ha sido relanzada por parte del ministerio de industria, energía y turismo. Independientemente de lecturas en modo pre-electoral, nos parece una buena iniciativa, esperemos que sirva para que los ciudadanos tomen conciencia de los beneficios de una buena gestión energética. Si te cansa leer, siempre puedes ver los videos en los que el actor Antonio Resines fundamenta las bondades de la eficiencia energética. Y si ni siquiera tienes tienes ganas de verlos ponte en contacto con nosostros, te facilitaremos la información y el asesoramiento que necesites.

Campaña controlas tu energía

 

La web controlas tu energía se divide en 4 bloques fundamentales:

Consumo inteligente

Factura eléctrica

Ayudas a la eficiencia energética

Derechos del consumidor

  1. Elegir libremente cualquier comercializador
  2. Elegir libremente la modalidad de contratación
  3. Cambiar de comercializador sin coste
  4. Derecho a poder contratar en todo momento el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor
  5. Recibir información clara, comprensible y transparente de su comercializadora
  6. Tener a su disposición los datos de su consumo
  7. Recibir la factura en papel
  8. Poder elegir la forma de pago
  9. Decidir entre alquilar el contador o adquirirlo
  10. Disponer de un teléfono gratuito de atención al cliente

 

Fuente: Ministerio de industria, energía y turismo

Gobierno de España. Ministerio de Industria, Energía y Turismo

02 Jul

Ahorrar en la factura de la luz

¿Ahorrar en la factura de la luz?

Cada mes nos hacemos esta pregunta: ¿Puedo ahorrar en la factura de la luz? sobretodo si nuestra factura coincide con noticias como la del pasado 30 de junio «La factura de la luz sube un 5,2% en junio» (en justicia hay que decir que antes había bajado) o esta otra del 27 de mayo «España, el cuarto país con la factura de la luz más alta de Europa»

Si a estos vaivenes en el precio de la energía, que según el ministro de industria son atribuibles a los mercados mayoristas, a Eolo dios del viento o a Zeus señor de la lluvia, le añadimos las constantes subidas de los peajes con los que nuestro ministro nos premia de vez en cuando (el término de potencia se ha incrementado un 92,05% desde febrero de 2013) nuestra pregunta cobra cada vez más sentido, y una respuesta acertada se hace cada vez más urgente.

Pero ¿se puede ahorrar en la factura de la luz? La respuesta es si, y nosotros te podemos ayudar.

Como ahorrar en la factura de la luz

Para ahorrar en la factura de la luz, el primer paso consiste en ajustar la potencia contratada a tus necesidades reales.

En baja tensión, cada kilowatio contratado en exceso tiene un coste de 38,043426 €/año si tu potencia contratada es inferior a 10Kw; y de 44,444710 €/año cuando tu potencia contratada está entre 10 y 15 Kw.

Si tu potencia contratada es superior a 15 kw, te corresponde una tarifa 3.0, con tres periodos horarios, cuyo termino de potencia tiene un precio por cada kilowatio contratado de:

P1: 40,728885 €/año P2: 24,437330 €/año P3: 16,291555 €/año

Si tu compañía comercializadora te está aplicando un precio mayor  a los que hemos relacionado te está «tangando», devuélvele el cumplido cambiándote a otra.

Para saber si tu potencia es la adecuada, puedes acceder al canal de telegestión de tu compañía distribuidora. En el caso de Iberdrola:

https://www.iberdroladistribucionelectrica.com/01disd/clienteswtg/Iberdrola?IDPAG=ESWTG_LOGIN

Dado el primer paso para ahorrar en la factura de la luz, una vez ajustada la potencia contratada a tus necesidades reales es hora de comparar tarifas, y en este paso cobra gran importancia tu forma de consumir energía, o mejor dicho cuando la consumes. Para potencias inferiores a 15 Kw, dependiendo de cuando se centre tu consumo de energía te podrá interesar una tarifa normal o una con discriminación horaria. Si la potencia es superior a 15 Kw solo existe la opción de discriminación horaria.

periodos-horarios-energía-electrica

Cuando hayas determinado si te conviene o no la discriminación horaria solo falta elegir la compañía comercializadora que mejor precio te ofrezca y ahorrar en la factura de la luz. Para ello puedes utilizar el comparador de tarifas de la comisión nacional del mercado y la competencia.

Si no te has vuelto loco y has conseguido ahorrar en tu factura de la luz, enhorabuena, si te has perdido en el camino, en www.aparejadordecabecera.com podemos asesorarte para ahorrar en tu factura de la luz u otros suministros energéticos, ponte en contacto con nosotros y te haremos un pre-diagnostico gratuito. Este es solo el primer paso, si tus consumos son importantes podemos realizar una auditoria energética completa de tu empresa, o convertirnos en tu gestor energético.

25 Jun

Ayudas rehabilitación energética programa pareer Crece

Se amplían las ayudas a la rehabilitación energética con la modificación del programa pareer + Crece

El pasado 28 de Abril se publicó la resolución por la que se modifican las bases reguladoras del plan PAREER y se convoca el programa PAREER-CRECE (BOE de 5 de mayo 2015).

Las ayudas a la rehabilitación energética del nuevo programa Pareer + Crece tienen como objetivo, promover la realización de actuaciones integrales en los edificios existentes, con independencia de su uso y de la naturaleza jurídica de sus titulares, así como contribuir a alcanzar los objetivos establecidos en la Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, y en el Plan de Acción 2014-2020.

Las ayudas a la rehabilitación energética del nuevo programa Pareer + Crece otorgadas podrán ser compatibles con cualesquiera otras concedidas, para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, y en concreto con las que pudieran corresponder al Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016

Ayudas rehabilitación de edificios

Las solicitudes de las ayudas a la rehabilitación energética del nuevo programa Pareer + Crece se podrán solicitar hasta el 31 de Diciembre de 2016, existiendo 4 lineas de ayuda fundamentales:

Tipología 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

Tipología 2: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.

Tipología 3: Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.

Tipología 4: Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

Para poder acceder a las ayudas a la rehabilitación energética del nuevo programa Pareer + Crece, se deben cumplir los siguientes requisitos mínimos:

  • El coste elegible conjunto sobre el que se solicita ayuda, deberá ser superior a 30.000 € e inferior a 4.000.000 € para el conjunto de las actuaciones que se realicen en un mismo proyecto.
  • Mejorar 1 letra como mínimo de la calificación energética total del edificio medida en la escala de emisiones de CO2 .
  • Las actuaciones objeto de ayuda deberán cumplir con la normativa vigente que les sea de aplicación, así como contar con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas a la rehabilitación energética del nuevo programa Pareer + Crece

  • Personas físicas y jurídicas, de naturaleza pública o privada, propietarias únicos de edificios existentes.
  • Comunidades o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios de viviendas constituidos como propiedad horizontal.
  • Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
  • Empresas de servicios energéticos (ESE).
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición.

Podrán ser edificios elegibles de las ayudas a la rehabilitación energética del nuevo programa Pareer + Crece

  • Edificios existentes, construidos antes de 2014.
  • Edificios de cualquier uso regulado por el artículo 2.1 de la Ley de Ordenación de la Edificación (L.O.E).
  • Tanto el año de construcción como el uso, se demostrará aportando la consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales de bienes inmuebles de naturaleza urbana

Podrán ser considerados costes elegibles de las ayudas a la rehabilitación energética del nuevo programa Pareer + Crece

  • 1º- Honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el técnico competente, de:
    • Certificado de eficiencia energética.
    • Redacción de los proyectos técnicos.
    • Dirección y ejecución de la obra y de la instalación.
    • Los costes de redacción del Informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones objeto de la ayuda concedida, de acuerdo con la documentación presentada en la solicitud de la ayuda, emitido por organismo de control o entidad de control.
    • Coste de gestión de la ayuda: aquellos gastos que el solicitante pudiera satisfacer a una empresa o profesional por llevar a cabo la gestión administrativa y documental de su solicitud ante el IDAE. En ningún caso se admitirá que tales gastos de gestión superen el 4% del importe de la ayuda otorgada, con un límite de 3.000 € por expediente.
  • 2º- Inversión en equipos, materiales, los costes de ejecución, obra civil asociada e instalaciones auxiliares y los específicos para cada tipología:
    • Tipología 1: instalaciones auxiliares necesarias para llevar a cabo la actuación, como andamiajes o grúas.
    • Tipología 3: silo, modificación de la sala de calderas, sistemas de transporte interno de biomasa, sistemas de tratamientos y emisión de humos y demás elementos necesarios para su explotación y en caso de redes, excavaciones, cimentaciones, zanjas, urbanización, redes de calor/frío y estaciones de intercambio.
    • Tipología 4: realización de los estudios, ensayos, sondeos y simulaciones preliminares previas a la realización del diseño de la instalación, sondeos, excavaciones, cimentaciones, zanjas, urbanización y demás elementos necesarios para su explotación, así como redes de calor/frío y estaciones de intercambio.

NO podrán ser considerados costes elegibles de las ayudas a la rehabilitación energética del nuevo programa Pareer + Crece

  • Ningún coste correspondiente a la ejecución de la actuación que haya sido facturado con anterioridad a la fecha de solicitud de ayuda, entendiendo por tal fecha, la fecha de registro de la solicitud.
  • No obstante, los costes correspondientes a actuaciones preparatorias, que sean necesarios para presentar la solicitud, como pueden ser proyecto, memorias técnicas, certificados, etc., sí que podrán ser considerados elegibles, aun cuando hubieran sido facturados con anterioridad a la fecha de la solicitud de ayuda.
  • Licencias, tasas, impuestos o tributos.

Cuantía y modalidad de las ayudas a la rehabilitación energética del nuevo programa Pareer + Crece

Cuantias programa Pareer crece

 

 

 

 

 

 

03 Dic

Ayudas rehabilitación edificios

Luz verde a las ayudas a la rehabilitación de edificios

Las ayudas a la rehabilitación de edificios comienzan ha hacerse realidad, se ha publicado la orden FOM/2252/2014, de 28 de noviembre, por la que se determina la efectividad de las líneas de ayuda previstas en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016. Con la aprovación de esta orden, solo resta que cada comunidad autónoma publique la convocatoria de las ayudas. Más información en la web del ministerio de fomento.

Plan de rehabilitación de edificios del ministerio de fomento

Plan de rehabilitación de edificios del ministerio de fomento

escudo

 

Las ayudas a la rehabilitación de edificios se dividen en 3 grandes bloques:

Ayudas para la conservación de los edificios

Ayudas para la mejora de la calidad y  la eficiencia energética

Ayudas para la mejora de la accesibilidad

¿Qué programas de ayudas existen para la rehabilitación de edificios?

  • Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria
  • Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas
  • Programa de apoyo a la implantación del Informe de evaluación de los edificios
  • Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas

¿Cuál es el importe de las ayudas a la rehabilitación de edificios?

  • Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria:
    • La cuantía máxima no podrá superar los 11.000 euros/vivienda y por cada 100m2 de superficie útil de local
    • Tendrá como límite el 35% del coste subvencionable de la actuación (50% en caso de mejora de la accesibilidad)
  • Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas:
    • La cuantía máxima será de:
      • Hasta 11.000 euros por cada vivienda rehabilitada
      • Hasta 30.000 euros por vivienda construida en sustitución de otra previamente demolida
      • Hasta 2.000 euros/vivienda demolida o rehabilitada, en concepto de urbanización o reurbanización
      • Hasta 4.000 euros/año por unidad de convivencia a realojar (máximo 3 años)
      • Hasta 500 euros/vivienda demolida o rehabilitada, en concepto de equipos de planeamiento, información, gestión y acompañamiento social
    • La cuantía máxima tendrá como límite el 35% del coste subvencionable de la actuación.
  • Programa de apoyo a la implantación del Informe de evaluación de los edificios:
    • La cantidad máxima será de 20€/vivienda y de 20€ por casa 100 m2 de superficie útil de local
    • Tendrá un límite de 500 euros por edificio y del 50% del coste del informe/edificio
  • Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas:
    • La cuantía máxima será de:
      • Hasta 11.000 euros por cada vivienda rehabilitada
      • Hasta 30.000 euros por vivienda construida en sustitución de otra previamente demolida
      • Hasta 2.000 euros/vivienda demolida o rehabilitada, en concepto de urbanización o reurbanización
      • Hasta 4.000 euros/año por unidad de convivencia a realojar (máximo 3 años)
      • Hasta 500 euros/vivienda demolida o rehabilitada, en concepto de equipos de planeamiento, información, gestión y acompañamiento social
    • La cuantía máxima tendrá como límite el 40% del coste subvencionable de la actuación.

¿Qué requisitos hay que cumplir para poder pedir las ayudas a la rehabilitación de edificios?

  • Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria:
    • Serán edificios de carácter residencial colectivo, construidos antes de 1981
    • El 70% de la superficie sobre rasante será destinada a uso residencial y constituirá la vivienda habitual de los beneficiarios.
    • Acuerdo de la Comunidad de Propietarios.
    • Informe de evaluación de edificios
    • Proyecto de la actuación a realizar
  • Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas:
    • El ámbito de actuación estará delimitado y lo integrarán, mínimo, 100 viviendas.
    • El 60% de la superficie sobre rasante será destinada a uso residencial y constituirá la vivienda habitual de los beneficiarios.
    • Acuerdo de la Comunidad de Propietarios.
    • Informe de evaluación de edificios
    • Proyecto de la actuación a realizar
  • Programa de apoyo a la implantación del Informe de evaluación de los edificios:
    • Informe de evaluación de edificios
    • Factura de los honorarios del profesional, autor del informe
  • Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas:
    • El ámbito de actuación estará delimitado y tendrá continuidad espacial.

¿Qué debo hacer para solicitar las ayudas a la rehabilitación de edificios?

La gestión de estas ayudas a la rehabilitación de edificios es competencia de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla. Los interesados en solicitarlas deberán dirigirse a aquellas que le corresponda.

En www.aparejadordecabecera.com podemos ayudarte a solicitar las ayudas a la rehabilitación de edificios, realizar los proyectos, informe de evaluación de edificios y gestionar las obras necesarias para mejorar tu edificio.

Fuente: Ministerio de fomento. Gobierno de españa.

01 Oct

Programa Pareer

Programa pareer de ayudas y subvenciones a la rehabilitación energética de edificios existentes del sector residencial. Se ha aprovado la Resolución de 25 de septiembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la de 25 de junio de 2013, del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero). Más información pulsando aqui

21 May

Registro certificado de eficiencia energética Castilla La mancha

La Junta de Comunidades de Castilla La-Mancha crea el registro para la inscripción de certificados de eficiencia energética. Para ampliar la información o realizar el trámite online pulsa en el siguiente enlace:

https://www.jccm.es/tramitesygestiones/inscripción-de-certificados-de-eficiencia-energética-en-el-registro-autonómico–1